martes, 11 de octubre de 2011

¿QUIEN GANA EN ESTE NEGOCIO ENTONCES?



INGRESOS PROYECTADOS PROYECTO MINERO CERRO CASALE. A PRECIOS OCTUBRE 2011.

REGIÓN DE ATACAMA.

EMPRESA MINERA CANADIENSE :  BARRICK GOLD.

DURACIÓN DEL PROYEC TO VEINTE AÑOS.

INVERSIÓN PROYECTADA :  $ USD 5200.000.000. ( Cinco mil doscientos millones dólares norteamericanos,)

Producción proyectada de acuerdo a Ficha Técnica del Proyecto publicado por la empresa :

23.200.000   onzas de oro.         $ USD 1653 x onza.           Total oro :  $ USD 38.349.600.000
5800.000.000 libras de cobre    $ USD 3.2 x libra.               Total cobre:$USD 18.560.000.000
Total Ingresos por ventas proyectados :                                                     $ USD 56.909.000.000

Total de Ingresos por venta proyectados a precios Octubre  2011 Proyecto Cerro Casale :

“Cincuenta y seis mil millones novecientos nueve mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.”







ORD. Nº 0835
ANT: Oficio Nº 351 Solicitud de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "OPTIMIZACIÓN PROYECTO MINERO CERRO CASALE"
MAT: Se pronuncia sobre el Estudio de Impacto Ambiental que indica
Caldera, 12 de Septiembre de 2011
Observaciones del Municipio de Caldera al Proyecto Cerro Casale de Barrick.




DE:Señora Brunilda González Anjel
Alcaldesa
Ilustre Municipalidad de Caldera
A:Según distribución

En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "OPTIMIZACIÓN PROYECTO MINERO CERRO CASALE", presentado por el Señor JOSE ANTONIO URRUTIA RIESCO, en representación de COMPAÑIA MINERA CASALE.
De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia de la siguiente forma:
  • El uso de cianuro en la minería del oro, y los residuos resultantes de sus procesos, son ampliamente cuestionables por el peligro latente que representa su letal toxicidad. En el marco de minimizar la posibilidad de que exista para la población, sus bienes o el medioambiente un riesgo por el derrame de éstos a cauces de agua, infiltración de napas y acuíferos, permanencia en las zonas de estériles contaminados o daño en la flora y fauna, este Municipio se pronuncia contrario a la utilización de cianuro, en cualquiera de sus formas, en cualquier fase del proyecto.
  • Se solicita al Titular la reubicación de actividades e infraestructura, proyectada en terrenos de Punta Padrones y sectores aledaños a zonas urbanas de Caldera, en camino Los Japoneses. La zona correspondiente al sector geográfico de Punta Totoralillo, denominada en el Plan Regulador de Caldera como Zona de Ampliación Industrial Portuaria (U-18), en la que los usos de suelo permitidos son actividades productivas, tanto inofensivas como molestas, e infraestructura de tipo transporte, sanitaria y energética, es una zona impactada fuertemente con acciones antrópicas, y la extensión de las obras proyectadas por la empresa ameritan esta visión en el ordenamiento territorial de la Comuna.
  • La extracción excesiva de agua de cuencas endorreicas afectará a los humedales, tanto altoandinos como a los costeros. El uso del agua en Atacama, golpeada por una reconocida y grave crisis hídrica, se reviste del análisis detallado del frágil equilibrio de las masas de agua subsuperficiales, por cuanto la disminución de acuíferos de sectores en mayor altura, podrían producir desequilibrios y alteraciones en los inferiores así, el humedal del río Copiapó, ubicado en el Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos – Isla Grande de Atacama, podría verse afectado, alterando su función de importante reserva de agua del sistema, de biodiversidad y de valor paisajístico innegable en esta área, la cual es una de las 3 áreas en el país que gozan de este status reconocido mundialmente. Por lo tanto este Órgano del Estado se declara en forma contraria al uso de inmensos volúmenes de agua provenientes de los pozos declarados por el Titular, solicitando el uso de agua industrial para sus procesos productivos.
  • La planta de osmosis reversa genera una importante cantidad de desechos industriales producto de los químicos utilizados durante los períodos de mantención de planta y filtros, los cuales son vertidos, en parte, al cuerpo de agua. El Proyecto deberá asegurarse de la total retención de estos compuestos para su posterior destinación en lugares autorizados. En este sentido, este órgano del estado se pronuncia en forma absolutamente contraria a verter cualquier elemento o compuesto ajeno a la química normal del cuerpo marino.
  • La periodicidad propuesta para la limpieza del sistema de las membranas de osmosis de la planta de Punta Padrones, será directamente proporcional a la acumulación de residuos orgánicos e incrustantes en el sistema, y debe esperarse alto como lo demuestran las experiencias de otras actividades realizadas en el mar de esta zona de la costa atacameña. Esto puede generar eventuales situaciones de emergencia que requieran limpiezas adicionales, con sus consiguientes descargas de residuos, no contempladas en el plan original. El Titular deberá explicar esta consideración.
  • La información entregada es insuficiente para evaluar la existencia o inexistencia de sitios paleontológicos de acuerdo a la Ley N° 17.288, debido a que la prospección de esta área implica la necesidad de especialistas para su realización. Se deberá por lo tanto, reevaluar el área en terreno demostrando efectivamente mediante mapas, tracks y un set variado de fotografías que se prospectó en un tiempo razonable por parte de un especialista. Por lo anterior, este Municipio solicita que se entreguen los antecedentes necesarios y suficientes que verifiquen que no se alterará algún sitio paleontológico, a través de informes realizados por un Paleontólogo.
  • 1.- Consideraciones Previas
     
    Tomado en cuenta que el E.I.A. presentado, contempla varias miles de páginas, este Municipio hace presente en primer término la imposibilidad material y técnica para abordar con condiciones mínimas un proyecto de esta naturaleza en el exiguo plazo establecido por la Autoridad Ambiental.
     
    En segundo término, un proyecto de esta envergadura debiera contar con la más amplia información y participación previa de la sociedad civil y autoridades locales, tanto de parte de la empresa como de la autoridad, supuestos que no se han cumplido y que hacen inviable conocerlo y pronunciarse cabalmente sobre el mismo. Sobre esta materia caber hacer presente desde ya que el proyecto en referencia no ha dado cumplimiento al Convenio N°169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas, existiendo comunidades de éste tipo que serán afectadas por el proyecto lo que constituye una deficiencia jurídica que vicia esencialmente el proyecto.
     
    2.- Abastecimiento de aguas
     
    A.   Pampa Piedra Pómez
     
    El Proyecto pretende abastecerse en su fase de operación, de un campo de doce pozos, ubicados en el área Pampa Pómez en la cuenca del Salar Maricunga. El titular cuenta actualmente con los derechos de aprovechamiento y con la aprobación ambiental de las extracciones por  Resolución Nº 14/2002 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Atacama, que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero Aldebarán, hoy denominado Proyecto Minero Cerro Casale, con fecha 31 de Enero del año 2002. Sin embargo, el proponente no cuenta con la aprobación del acueducto y de la Línea de Alta tensión, para operar los pozos. Esto componentes forman parte del E.I.A. del Proyecto actual.
     
    Tomando en cuenta que:
     
    -       Las cuencas endorreicas de los salares poseen todos un balance hídrico negativo por su alta evaporación
    -       Que en el caso del salar de Maricunga un 90% de su recarga proviene del lado sur  (Cienaga Redonda) y sur/este (Pampa Piedra Pómez) del salar
    -       Balance general de la cuenca en:
     
    ZONA
    Entradas (l/s)
    Salidas (l/s)
    Superf
    Subt
    Recarga
    TOTAL
    Evaptr
    Usos
    Superf
    Subt
    TOTAL
    Z 1
    0
    114
    427
    541
    73
    274
    50
    144
    541
    Z 2
    50
    144
    251
    445
    0
    195
    0
    250
    445
    Z 3
    0
    250
    894
    1144
    0
    707
    0
    437
    1144
    Z 4
    0
    437
    0
    437
    247
    190(*)
    0
    0
    437
    (*) Uso in situ correspondiente a la evaporación desde las lagunas
     
    Fuente: Análisis de la situación hidrológica e hidrogeológica de la cuenca del salar de Maricunga, III Región, Dirección General de Aguas, marzo de 2006.
     
     
    -       Actualmente existen varios otros Proyecto en el Cuenca del Salar de Maricunga, por ejemplo vinculados a la extracción de litio y la reapertura de las faenas mineras Marte y Lobo, que poseen derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en el corredor Pantanillo.
     
    En consecuencia, se puede asumir que la extracción de 900 l/s por parte del Proyecto Casale, desde el área de la mayor recarga de la cuenca Maricunga, excederá largamente a la producción hídrica de ésta.
     
    Los efectos esperados serían:
     
    Afectación del Salar y de la Laguna Santa Rosa, que tiene la función de un acumulador de recursos hídricos en el sur del Salar y los distribuye por un canal natural hacia el norte del salar, área que cuenta solamente con un 10% de los aportes totales afluentes al salar.
     
    Se puede esperar una significante afectación de los niveles freáticos en el área, que se expresaría también en los niveles superficiales (lagunas) y sub-superficiales del salar y de su cuenca.
     
    El mismo titular declara los siguientes potenciales impactos:
     
    • Reducción de superficie de evaporación y caudal en el sistema Peñas Blancas – Laguna Verde, por las actividades de extracción del Campo de Pozos de Piedra Pómez, específicamente para los pozos ubicados en el área de Barrancas Blancas.
     
    • Descenso de niveles de agua subterránea en la zona limítrofe de las cuencas hidrográficas de Piedra Pómez y Río Lamas.
     
    • Reducción del flujo regional difuso.
     
    • Reducción de caudal en el sistema río La Gallina.
     
     
     
    El área es declarada de interés turístico, actividad que depende del valor paisajístico del área, que se verá afectado por: Tendidos de alta tensión, un significativo aumento del tránsito, la instalación de bombeos y tuberías. Además. El segundo atractivo turístico es la fauna silvestre presente en el área, especialmente los flamencos y camélidos, todas estas especies declaradas “en peligro de extinción”, migratorias y dependientes del recurso hídrico del área.
     
     
     
    Foto Nº 1: Humedal altoandino Río Lama, potencialmente afectado por el campo de pozos. (Se anexa)
     
     
    El titular ha declarado, que no existirán afectaciones de otras cuencas por las extracciones en el campo piedra Pómez, por que se trata de una cuenca exorreica (cerrada). En este sentido se debe mencionar, que el término exorreico se refiere a las condiciones de aguas superficiales. Es decir, las aguas subterráneas, si podrían ser afectadas con consecuencias, que traspasan los límites de las cuencas.
     
    El titular reconoce en el fondo esta condición:
     
    “Respecto al flujo subterráneo en Pómez se puede señalar que se ha detectado un comportamiento poco usual, dado que en el sector de Pómez Central se calcula mediante fórmulas empíricas y la modelación, un caudal subterráneo de al menos 600 L/s los cuales se reducen paulatinamente hacia el sur llegando a caudales entre 5 y 10 L/s aguas abajo, en el límite con la cuenca del Río Lamas, sector dominado por unidades geológicas menos permeables, y con un estrechamiento formado por dos domos dacíticos. Esta diferencia de caudal indica que necesariamente deben existir salidas de agua desde el acuífero hacia el sistema de flujo regional ya que hacia el oeste se encuentra la Cordillera de Claudio Gay que se considera como el límite oeste del acuífero”
     
    La extracción excesiva de agua de cuencas endorreicas afectará a los humedales, tanto altoandinos como a los costeros. El uso del agua en Atacama, golpeada por una reconocida y grave crisis hídrica, se reviste del análisis detallado del frágil equilibrio de las masas de agua subsuperficiales, por cuanto la disminución de acuíferos de sectores en mayor altura, podrían producir desequilibrios y alteraciones en los inferiores así, el humedal del río Copiapó, ubicado en el Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos – Isla Grande de Atacama, podría verse afectado, alterando su función de importante reserva de agua del sistema, de biodiversidad y de valor paisajístico innegable en esta área, la cual es una de las 3 áreas en el país que gozan de este status reconocido mundialmente. Por lo tanto este Órgano del Estado se declara en forma contraria al uso intensivo de grandes volúmenes de agua provenientes de los pozos declarados por el Titular, solicitando el uso de agua industrial para sus procesos productivos.
     
    B.   Abastecimiento con aguas marinas
     
    En el fondo el titular del Proyecto, está consciente de los problemas que acarrearán las extracciones de aguas en el área Pampa Piedra Pómez y por este motivo, propone extraer alternativamente aguas marinas para su proceso en la misma cantidad (900 l/s), en el caso que se registren afectaciones en la Cuenca del Salar Maricunga. Estas extracciones se realizarían en el área Punta Padrones, Comuna de Caldera.
     
    Estas extracciones tendrán efectos negativos a la fauna ictica (peces), a la producción primaria marina, al plancton y al medio marino en general. Se debe tomar en cuenta, que la costa de Comuna de Caldera cuenta con un área marina protegida y con áreas de manejo de recursos bentónicos en cercanía de las extracciones propuestas.
     
    En el área funcionará una planta de osmosis inversa. Estas plantas producen efluentes de rechazo de muy alta salinidad. Su descarga al mar también puede afectar a los componentes marinos anteriormente mencionados.
     
    En este sentido, este órgano del estado se pronuncia en forma absolutamente contraria a verter cualquier elemento o compuesto ajeno a la química normal del cuerpo marino.
     
    Se solicita al Titular la reubicación de actividades e infraestructura, proyectada en terrenos de Punta Padrones y sectores aledaños a zonas urbanas de Caldera, en camino Los Japoneses. La zona correspondiente al sector geográfico de Punta Totoralillo, denominada en el Plan Regulador de Caldera como Zona de Ampliación Industrial Portuaria (U-18), es una zona impactada fuertemente con acciones antrópicas, y la extensión de las obras proyectadas por la empresa ameritan esta visión en el ordenamiento territorial de la Comuna.
     
     
    3.- Corredor biogeográfico El Pantanillo
     
    El Corredor Biogeográfico Pantanillo, vincula los humedales andinos Maricunga y Laguna del Negro Francisco. El área está propuesta como Reserva Nacional.  El sector presenta vegas y bofedales y es la única vinculación entre la laguna y el salar para la fauna silvestre. Además, es de una extraordinaria belleza paisajística. Por este corredor estrecho, pasará el acueducto que llevará el agua de Pampa Piedra Pómez hasta las faenas del Proyecto Casale, junto a sus obras anexas, como caminos, estaciones de control y bombeo, tendidos eléctricos etc. El área es hábitat por excelencia de camélidos y aves andinas.
     
     
     
    Foto N° 2: El estrecho corredor biogeográfico Pantanillo, por donde pasará el acueducto con caminos, estaciones de control y bombeo, tendidos eléctricos etc. (Se anexa)
     
    4.- Generación de D.A.R.
     
    El Proyecto minero es generador de Drenaje Ácido de Roca (D.A.R.), especialmente en el área de los botaderos. Si bien el titular propone una serie de medidas para controlar las aguas ácidas, como muro de contención, drenes de captación, planta de tratamiento HDS, control de infiltraciones etc., se debe estar consciente, que cualquier descontrol de los drenajes ácidos del Mega-Proyecto, amenazaría la calidad de las aguas de la cuenca completa. Además: Los botaderos de estériles, generadores de D.A.R. son obras remanentes y de gran tamaño, que siguen produciendo D.A.R. por largos tiempos después del cierre del Proyecto (hasta por tiempos geológicos).
     
    Todavía no tuvimos el tiempo de revisar todas las instalaciones con sus respectivos cálculos hidráulicos, para pronunciarnos en profundidad sobre el grado de seguridad que prestan las medidas de control de D.A.R. propuestas por el titular.
     
     
    5.- Cianuración
     
    La lixiviación industrial de oro se realiza con cianuración. El cianuro es extremadamente tóxico y su manejo requiere sumo cuidado. Se debe tomar en cuenta, que la pila de lixiviación y los relaves son obras remanentes de grande dimensiones: “Depósito de Relaves de Limpieza: La fase de operación del depósito de relaves de limpieza comienza con la recepción de los relaves provenientes del circuito de destrucción de cianuro. El plan minero del proyecto considera una producción nominal estimada de 15 ktpd (miles de toneladas métricas por día) de relaves de limpieza durante 20 años de producción.”
     
    El cianuro de sodio (NaCN), utilizado en la lixiviación, es una de las sustancias más tóxicas que existen, cualquier accidente pondría en peligro no solamente a la cuenca entera, si no directamente a sus habitantes.
     
    Este Municipio se pronuncia contrario a la utilización de cianuro, en cualquiera de sus formas, en cualquier fase del proyecto.
     
    6.- Glaciares
     
    Tanto Piedra Pómez, como el área central del proyecto (mina/planta) se encuentran en sectores de de presencia de glaciares de todo tipo y de permafrost. Las cuencas bajo influencia cirosférica poseen dinámicas muy especiales, que se reflejan por ejemplo en el caso de los glaciares blancos, en grandes amplitudes de los caudales diarios.
     
    La línea base de los glaciares presentada, carece de información específica en relación al proyecto. Granparte de los “Resultados” no corresponden a estos, dado que se trata de información recopilada que es discutida.
     
    La información, que más interesa al respecto de glaciares en un mega-proyecto minero es:
     
    -       Cual es el estado de los glaciares de todo tipo en el área.
    -       Cual es su balance de masa.
    -       Cual es el pronóstico que tienen estos glaciares.
    -       Sobre todo en tiempos de verano, cual es el caudal que aportan los glaciares en estos tiempos de estiaje, fuera de la época de precipitaciones.
     
    En el fondo no se ha presentado ninguna clase de información generada en terreno y en directa vinculación con el proyecto minero. Lo que se presenta son estudios generales anteriores, que son discutidos, pero sin agregar información propia. Necesariamente, la Línea Base de glaciares requiere de métodos geofísicos, estaciones nivales, meteorológicas etc.
     
    El estudio es tan básico que en gran medida ni siquiera distingue claramente cuales son realmente los glaciares: “Existe una cantidad limitada de hielo de superficie y cuerpos de nieve permanente, tales como glaciares, cubiertas de hielo, o manchones de nieve en el área de estudio ampliada”
     
    Además: El mapa de los glaciares de roca que presentan, no refleja la totalidad  de este tipo de glaciares en el área de influencia directa del proyecto, según nuestras observaciones de imágenes satelitales. Se debe tener claro, que los glaciares de roca también son generadores de caudales en verano, como se puede apreciar en la siguiente foto, hecho que es frecuentemente negado por las empresas mineras:
     
    La dinámica de generación de caudales de glaciares de roca es distinta que en el caso de glaciares blancos. Siendo ellos protegidos por detritus, sus reacciones al enfriamiento de la noche y calentamiento en el día son más lentas, lo que provoca una amplitud menor en los caudales diarios: 
     
     
    Nada de esto se analizó en la Línea Base. El titular debe tener en cuenta, que cualquier afectación de caudales del Proyecto, incluida la de origen glaciar, debe ser debidamente compensada o por los derechos de aprovechamiento correspondientes o por ejemplo con un embalse de cabecera en la cuenca afectada.
     
    Es de extrema importancia, que el titular revise nuevamente la existencia de glaciares de roca en su área mina/planta, dado que en el país existen experiencias mineras casi catastróficas, cuando se depositó por ejemplo material de estériles, generadores de D.A.R. encima de glaciares de roca. Debido a la sobrecarga y a la relación muy exotérmica de la generación de D.A.R., estos glaciares aumentaron su movimiento, provocando por ejemplo volcamiento de bancos en el rajo Sur Sur de la División Andina de CODELCO.
     
    Además el titular debe modelar afectaciones de glaciares (albedo) por generación de material particulado en sus faenas, tal como lo hizo en su proyecto Pascua/Lama.  
     
    7.- Patrimonio Arqueológico.
     
    La información entregada es insuficiente para evaluar la existencia o inexistencia de sitios paleontológicos de acuerdo a la Ley N° 17.288, debido a que la prospección de esta área implica la necesidad de especialistas para su realización. Se deberá por lo tanto, reevaluar el área en terreno demostrando efectivamente mediante mapas, tracks y un set variado de fotografías que se prospectó en un tiempo razonable por parte de un especialista. Por lo anterior, este Municipio solicita que se entreguen los antecedentes necesarios y suficientes que verifiquen  y garanticen que no se alterará algún sitio paleontológico, a través de informes realizados por especialistas y que en caso de ocurrir aquello se compensará debidamente su afección o pérdida mediante compromisos formales.
     
    7.- Tránsito
     
    El proyecto implica un significativo aumento en el transito de vehículos por las siguientes rutas:
     
    • Ruta Copiapó – Paso internacional Pircas Negras: Para acceder a las obras localizadas en la sub-cuenca del río Nevado, LAT Cardones – Cuenca Río Nevado y al Concentraducto, se utilizarán las siguientes vías: Ruta 5, C-411, C-35, C-401, C-503, C- 459, C-359 y 33-CH.
     
    • Ruta Copiapó – Paso internacional San Francisco: Para acceder a las obras y actividades que se relacionan con la LAT La Coipa – Piedra Pómez y con el tramo inicial del acueducto, se utilizarán las siguientes vías: Ruta 5, C-411, C-35 y 31-CH.
     
    • Ruta Copiapó – Caldera: Para acceder a la planta de osmosis inversa, piscinas de almacenamiento temporal y tramo final del concentraducto, se utilizarán las siguientes vías:
     
    No se vislumbra con certeza y claridad cómo el titular mitigará o compensará este mayor flujo que se traduce en un mayor impacto.
     
    8.- Calidad de aguas
     
    La calidad de las aguas del Río Nevado indica un pH neutro a levemente alcalino, acompañado de altos niveles de sulfatos, arsénico, aluminio, hierro, manganeso y sodio.
     
    Estos componentes hacer prever las condiciones geológicas/geoquímicas del área y altos impactos de metales contaminantes como especialmente arsénico y manganeso bajo condiciones de generación de D.A.R.
     
    Calidad del Agua, Río Copiapó (Nantoco) en Estación SWN–01–09., todavía muestra las mismas características, pese a las confluencias de los Ríos Manflas y Pulido, que aportan aguas de mejor calidad desde el lado sur de la cuenca.
     
    9.- Consideraciones Jurídicas.
     
    Así queda de manifiesto que el proyecto no cumple siquiera con la información mínima o suficiente que permita evaluarlo.
     
    El Artículo 15 bis.de la Ley 19.300 establece que “Si el Estudio de Impacto Ambiental carece de información relevante o esencial para su evaluación que no pudiere ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, el Director Regional o el Director Ejecutivo, así lo declarará mediante resolución fundada, ordenando devolver los antecedentes al titular y poniendo término al procedimiento.
     
    En tanto el Reglamento del SEIA establece en su Artículo 24 inciso 2°:
     
    Asimismo, dicho Informe se elaborará si sobre la base de los informes de los órganos de la Administración del Estado competentes que participen en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, se estime que dicho Estudio adolece de información relevante y esencial para efectos de calificar ambientalmente el proyecto o actividad, o apareciere infracción manifiesta a la normativa ambiental aplicable, y que no pudiere subsanarse mediante Adenda.
     
     
    Asimismo el Artículo 12 de la Ley 19.300 señala:
     
     Los estudios de Impacto Ambiental considerarán las siguientes materias:
    a) Una descripción del proyecto o actividad;
    b) La descripción de la línea de base, que deberá considerar todos los proyectos que cuenten con resolución de calificación ambiental, aún cuando no se encuentren operando.
    c) Una descripción pormenorizada de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que dan origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.
    d) Una predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto o actividad, incluidas las eventuales situaciones de riesgo. Cuando el proyecto deba presentar un Estudio de Impacto Ambiental por generar alguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en la letra a) del artículo 11, y no existiera Norma Primaria de Calidad o de Emisión en Chile o en los Estados de referencia que señale el Reglamento, el proponente deberá considerar un capítulo específico relativo a los potenciales riesgos que el proyecto podría generar en la salud de las personas.
    e) Las medidas que se adoptarán para eliminar o minimizar los efectos adversos del proyecto o actividad y las acciones de reparación que se realizarán, cuando ello sea procedente;
    f) Un plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que dan origen al Estudio de Impacto Ambiental, y
    g) Un plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable.
     
    El presente EIA carece de la información requerida para evaluar debidamente el proyecto razón por la cual debiera ser rechazado en conformidad a lo establecido en la propia Ley 19.300 y su Reglamento.
     
    Sin perjuicio de lo aquí informado este Municipio expresa finalmente que hará valer sus observaciones al proyecto en las materias que le atañen y que sean consultadas fundadamente haciendo expresa reserva de las materias sobre las que aquí no se ha pronunciado por falta de tiempo o de mayores antecedentes o estudios.
  • Las piscinas de evaporación y de acumulación de agua deberán contar con un apropiado sistema de control de avifauna que permita el libre y seguro desplazamiento de aves por el lugar disuadiéndolas de bajar a aguas potencialmente contaminadas.
  • Se solicita al Titular poner a disposición de la Comuna de Caldera el agua recuperada en el proceso de filtración realizado en la nueva zona propuesta. Congruentemente con ésto, se solicita la implementación de un estanque reservorio en lugar a definir por el Municipio para almacenar el agua y un camión aljibe que permita su transporte desde las piscinas.
  • Respecto de los sitios arqueológicos al interior de la comuna de Caldera, el Titular deberá  contemplar la no intervención, protección y monitoreo de la mayor superficie de los elementos patrimoniales relevados en el área de emplazamiento del proyecto.
  • El Titular deberá considerar la puesta en valor de las porciones directamente impactadas por medio de su estudio y la divulgación de sus resultados en dependencias del Museo Paleontológico de la Comuna de Caldera, para lo cual deberá considerar la infraestructura necesaria para su adecuada disposición.
  • Se solicita al Titular coordinar las acciones del monitoreo arqueológico con profesionales del Museo Paleontológico de Caldera.
  • En caso de accidente que involucre la integridad de personas o del medioambiente, se solicita al titular informar al Departamento de Protección Civil de la Ilustre Municipalidad de Caldera, al teléfono 52  - 535586.
  • Se solicita al Titular la contratación de mano de obra de la Comuna de Caldera, al menos para las obras realizadas en ésta.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,



Brunilda González Anjel
Alcaldesa
Ilustre Municipalidad de Caldera